La Junta de Castilla y León no puede permitir legalmente la caza de un determinado número de lobos en su territorio porque el estado de conservación de la especie es «desfavorable», según una evaluación del Gobierno central cada cinco años.

Se trata de una decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) basada en una cuestión prejudicial presentada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en relación con el recurso de la Asociación para la Investigación y la Protección del Lobo Ibérico (ASCEL) contra la normativa autonómica de 2019 a 2022, en el norte se cazan un total de 339 lobos en el río Duero.

En una decisión publicada el lunes, la TUE dictaminó que los lobos no pueden ser declarados especie cazada a nivel regional si su estado de conservación a nivel nacional es deficiente. Es decir, la evaluación del Ministerio de Transición Ecológica sobre el estado de protección y el grado de protección de los lobos prima sobre la normativa del autogobierno.

Además, el TJUE añadió que los lobos no pueden se pueden cazar si, están estrictamente protegidos en el territorio correspondiente, ya que la Directiva de Hábitats de la UE sobre la protección de los lobos y otras especies tiene como objetivo implementar medidas para garantizar que su estado de conservación sea bueno.


Pese a que se establece lo contrario, la «Junta de Castilla y León aceptó el lunes la decisión del AUT y aseguró que nunca intentaron cazar lobos», afirmó el ministro de Vivienda y Ordenamiento Territorial, Juan Carlos Suárez-Quonones. «No sólo cumplimos, sino que compartimos plenamente», dijo en una declaración a Euronews. «Lo aceptamos porque en Castilla y León se podría cazar al lobo si no tuviera un estado de conservación favorable, pero nunca se ha cazado». La respuesta del TUE a esta cuestión prejudicial no significa que resuelva la disputa en el recurso de ASCEL sobre las normas regionales de 2019, como debe decidir el Tribunal Supremo a la luz de su interpretación de la Directiva Hábitats. La opinión del TJCE también se aplica a disputas similares que puedan surgir en otros tribunales, tribunales nacionales y especialmente tribunales autónomos en las llamadas «comunidades de lobos», donde los gobiernos y los ganaderos han aumentado sus oportunidades de cazar lobos con fines de protección. En este caso concreto, ASCEL recurrió la aprobación del Plan Regional de Desarrollo del Lobo de las zonas de caza al norte del río Duero en Castilla León de 2019, que declaraba legales los lobos en esas zonas y en las tres estaciones para la especie en la que se inicia la caza. en estos años -2019-2020, 2020-2021 y 2021-2022- está permitido cazar 339 ejemplares.
El Tribunal de Distrito cuestionó la compatibilidad de esta disposición con la Directiva sobre hábitats y planteó esta cuestión preliminar, a la que ahora el TJUE ha respondido afirmando que «la legislación regional es contraria a la Directiva» porque entra en conflicto con las disposiciones de la Directiva sobre hábitats. clasificación «desfavorable». En el informe del Gobierno central a Bruselas de 2019 para el período 2013-2018 En 2010, el estado de conservación de la especie fue calificado de «desfavorable-inadecuado» en tres regiones: el Mediterráneo, el océano Atlántico y los Alpes. En su decisión, el TUE afirmó que Castilla y León «ignoró» un informe sobre la conservación de la especie antes de aprobar su plan de matar a más de 100 lobos al año. De hecho, los lobos no pueden ser declarados especie de caza en partes del territorio de un Estado miembro si su estado de conservación a nivel nacional es deficiente. Dado que esto está sucediendo en España, el ministerio también ha incluido recientemente, en 2021, a los lobos al norte del río Duero en la lista de especies en régimen de protección especial (Lespre). . Por ello, la decisión de extender la prohibición de cazar o matar lobos a todo el país se encontró con una férrea oposición desde los orígenes de la «manada de lobos», desde las populares Galicia, Castilla y León o Cantabria hasta los socialistas de Asturias o los vascos. País. Estado y Navarra. Sin embargo, el ministerio permite el control de individuos y rebaños y, en casos excepcionales, su matanza con permiso previo, y también proporciona una compensación financiera a los ganaderos afectados.